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Rechazan senadores priistas que remanentes del fondo de salud para el bienestar sean devueltos a la tesorería o sean usados con fines distintos al sector salud


• Promueven reformas a la Ley General de Salud, en materia de gastos catastróficos, un fenómeno altamente regresivo en la sociedad. 

  

• Es inadmisible que haya mexicanas o mexicanos que sufran enfermedades, cuyo alto costo es considerado catastrófico llevándolos a la ruina. 

  

  

BOLETÍN/GPPRI No. 241/23 

Senado de la República, 26 de diciembre de 2023 

  

  

Las y los senadores del Grupo Parlamentario del PRI rechazan que los recursos del Fondo de Salud para el Bienestar puedan devolverse a la Tesorería de la Federación para ocuparse en fines distintos para los que el Fondo fue creado. 

  

Aseguran que es inadmisible dejar en completa indefensión a las familias de los menores de 5 años que no estén afiliados a alguno de los sistemas de salud, pero también es inadmisible que haya mexicanas o mexicanos que sufran enfermedades, cuyo alto costo es considerado catastrófico llevándolos a la ruina. 

  

El gasto catastrófico por motivos de salud -advierten- ocurre cuando las familias destinan más del 30% de sus ingresos disponibles para sufragar el costo de la atención médica. “Este tipo de gasto no debe asociarse exclusivamente con una intervención de alto costo; un servicio de urgencias; una hospitalización, o el tratamiento de una enfermedad crónica o una discapacidad, ya que depende de la capacidad de pago de cada familia, por lo que en condiciones de elevada precariedad se puede incurrir en un gasto catastrófico con la simple compra de un medicamento”, subrayan. 

  

Por ello, advierten, este tipo de gasto constituye un fenómeno altamente regresivo para la sociedad, toda vez que la proporción de gasto que destinan los hogares en salud se incrementa en función de la pobreza, por lo que la población no asegurada habitualmente espera a que sea indispensable o impostergable realizar el gasto y, al hacerlo, se vuelve catastrófico. 

  

Señalan que desde la desaparición del Seguro Popular se constituyó el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), y con ello, los más afectados han sido los pacientes con enfermedades complejas de alto costo que son las que se cubrían con el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos (FPGC) y que ahora debería corresponder atender al Fondo de Salud para el Bienestar (FONSABI). 

  

El Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos era parte del Sistema de Protección Social en Salud y otorgaba servicios médicos de alta especialidad a los beneficiarios del Seguro Popular que padecían enfermedades de alto costo que ponían en riesgo su vida y su patrimonio familiar, mediante la gestión de los servicios de salud y el financiamiento de las atenciones a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. 

  

Sin embargo, precisan, el actual Fondo de Salud para el Bienestar ha abandonado su función de financiar la atención de enfermedades de alto costo de las personas sin seguridad social. Los resultados medibles han sido una caída en la atención médica y mayores desembolsos por parte de las familias para enfrentar enfermedades catastróficas. Según información de la Secretaría de Salud, en los últimos dos años, menos del 5% de los gastos del FONSABI se han dedicado a la atención de enfermedades catastróficas y construcción de infraestructura. El 95% restante se ha transferido al INSABI para gasto corriente, o a la Tesorería de la Federación (TESOFE), donde se pierde el rastro del dinero. 

  

En este sentido, las y los legisladores del PRI proponen una iniciativa de reformas a la Ley General de Salud, en materia de gastos catastróficos para que los remanentes presupuestales de cada ejercicio fiscal no puedan transferirse a la Tesorería de la Federación o se destinen para otros fines, garantizando que los recursos acumulados estarán disponibles en todo momento para cubrir la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos, así como la atención de necesidades de infraestructura, el abasto y distribución de medicamentos y otros insumos y el acceso a exámenes clínicos. 

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