NOTA
Redacción ANCOP
Hace apenas unas semanas, el Senado de la República avaló reformas a la Ley General de Salud, que determinan que los médicos deban consignar en sus recetas, la denominación genérica de los medicamentos y -si lo desean- indicar también la denominación distintiva de su preferencia. En la presentación su presentación, el dictamen señala que “se permitirá que las personas cuenten con una alternativa en medicamentos genéricos, así las finanzas de los hogares, que no han recuperado los niveles previos a la pandemia, podrán recuperar el valor adquisitivo del salario”.
De igual manera, incluye la obligación de precisar en las recetas médicas la sustancia activa de los fármacos, y asentaron que beneficiará la economía de los hogares, pues se adecuará a sus circunstancias económicas y de salud. En la propuesta se sustituye la palabra “implementará” por “promoverá”, respecto de las acciones de la Secretaría de Salud para informar sobre la seguridad, eficacia y calidad de medicamentos genéricos y biocomparables.
Vale señalar que esto no se contrapone con la libertad de prescripción médica, ya que las necesidades particulares de cada caso son únicas y sólo el médico cuenta con los conocimientos para elegir la mejor opción terapéutica. El dictamen prevé también que la Secretaría del ramo promueva acciones para comunicar a la población acerca de la seguridad, eficacia y calidad de los medicamentos genéricos y biocomparables.
Además, que esta obligación se incluya en los programas de capacitación al personal de salud y fortalecer la profesionalización de quienes brindan atención a la población en las farmacias. El dictamen fue aprobado por unanimidad con 76 votos. Los legisladores buscan que los pacientes estén informados sobre las opciones para su tratamiento.
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