En nuestros tiempos el tema de la opinión pública está muy en boga, pero su estudio no lo es tanto, toda vez que en un país democrático como actualmente lo conocemos es muy común resaltar su importancia, sin embargo, esto solo desde el panorama político, ya que su función se ha encaminado más a politizar con la figura de la opinión pública en aras de allegarse de más simpatizantes para quienes tienen aspiraciones de llegar al poder.
Así, una vez que se incorpora el derecho de vivir en una sociedad donde se tome en cuenta la libertad de expresión y la opinión pública, resulta una herramienta de suma utilidad para lograr un triunfo democrático. No obstante, a veces este fenómeno político social ha sido muy criticado en los últimos tiempos, ya que una vez que los aspirantes llegan al poder se olvidan de muchas cosas que en su momento constituyeron la opinión pública que los favoreció en su cometido electoral, desvirtuándose con ello la democracia fincada en la opinión pública que se logra a través de actos demagógicos.
El derecho humano (garantía individual) consagrado constitucionalmente y que hoy se ve reflejado en el reconocimiento y la protección jurídica otorgada al concepto de opinión pública, surge desde tiempos remotos. Ya en la Grecia antigua, la filosofía política trataba de los peligros y beneficios potenciales del gobierno popular, al grado tal de plantear a la democracia como una forma de gobierno.
Los más grandes pensadores de la época como Platón y Aristóteles se pronunciaron al respecto. El primero anteponía los aspectos filosóficos a la competencia colegiada de los grupo sociales para deliberar los asuntos políticos.
En contraposición, Aristóteles creía que los sentimientos colectivos de la demos podían contribuir, a través de su opinión y sentido común en los asuntos políticos, a pesar de las referencias, en las obras clásicas, a fenómenos que se asemejan a la opinión pública; sin embargo, la distinción moderna entre Estado y sociedad en general y entre funcionarios especializados y el público común, no formaban parte de la filosofía política de Atenas. Para este tiempo, el derecho a la opinión pública se concebía en dos sentidos:
El primero era esencialmente epistemológico, encaminado a distinguir una cuestión de juicio de un asunto de hecho, o algo incierto de algo que se sabe ser cierto, o bien por una demostración basada en la fe.
La segunda, contempla el derecho a la opinión (manteniéndose hasta nuestros días), en base a aserciones y análisis de los hechos, las conductas y los resultados en particular, como base de las consideraciones personales de cada quien expresadas libremente.
De ello rescatamos que las opiniones son el reflejo de la creencia o el cuestionamiento acerca de los temas controvertidos o relacionados con la interpretación valorativa de ciertos hechos. No fue sino hasta el siglo XVII que la combinación de los términos opinión y pública fue explícitamente tomada como un concepto compuesto, pero con un significado político surgido de la voz del pueblo.
Hoy en día, la Constitución Política Federal dispone en su artículo 7°, que es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio, sin que se restrinja este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
Imponiendo a su vez la prohibición de que ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6° de la propia Constitución. Señalando por último, que en ningún caso podrán decomisarse los medios utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumentos de delito.
¡Nos leemos la próxima semana!
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